
» Recibir a todos los profesionales de las especialidades contempladas por la ley 5275, a efectos de externderles el número de matrícula profesional y su correspondiente credencial que habilita para el jercicio profesional.
» Mantener actualizada la matrícula y velar por el cumplimiento de las leyes aplicables a la profesionalidad de los matriculados y la observancia de la ley 52754 y su decreto reglamentario 2287/3 (S.O.).
» Estudiar el alcance de los títulos profesionales en los casos que el Ministerio de Educación de la Nación no se haya expedido.
» Participar en el marco de las garantías del debido proceso, en la aplicación de los sistemas de sanción en la ley de su creación y sus reglamentaciones derivadas.
» Emitir dictámenes sobre el ejercicio y la ética profesional.
» Actuar como árbitro o amigable componedor a pedido de parte en cuestiones relativas a los honorarios u otras de carácter profesional. Colaborar con las autoridades judiciales en la inscripción de profesionales que actuen como Peritos Auxiliares de Justicia.
» Desarrollar una oferta de capacitación en nuevas tecnologías ajustadas a las necesidades de los matriculados.
» Promover la actualización y el perfecionamiento de los matriculados, ofreciendo acceso a fuentes calificadas de conocimiento asegurando la independencia del mercado de marcas y productos.
» Representar a los matriculados ante organizaciones provinciales, nacionales o internacionales a fin de exponer a fin de exponer el pensamiento de los profesionales locales y salvaguardar sus intereses.
» Colaborar con las universidades y otras instituciones educativas en la sugerencia de la formación académica que demanada la comunidad emprersarial.
» Mantener actualizada la matrícula y velar por el cumplimiento de las leyes aplicables a la profesionalidad de los matriculados y la observancia de la ley 52754 y su decreto reglamentario 2287/3 (S.O.).
» Estudiar el alcance de los títulos profesionales en los casos que el Ministerio de Educación de la Nación no se haya expedido.
» Participar en el marco de las garantías del debido proceso, en la aplicación de los sistemas de sanción en la ley de su creación y sus reglamentaciones derivadas.
» Emitir dictámenes sobre el ejercicio y la ética profesional.
» Actuar como árbitro o amigable componedor a pedido de parte en cuestiones relativas a los honorarios u otras de carácter profesional. Colaborar con las autoridades judiciales en la inscripción de profesionales que actuen como Peritos Auxiliares de Justicia.
» Desarrollar una oferta de capacitación en nuevas tecnologías ajustadas a las necesidades de los matriculados.
» Promover la actualización y el perfecionamiento de los matriculados, ofreciendo acceso a fuentes calificadas de conocimiento asegurando la independencia del mercado de marcas y productos.
» Representar a los matriculados ante organizaciones provinciales, nacionales o internacionales a fin de exponer a fin de exponer el pensamiento de los profesionales locales y salvaguardar sus intereses.
» Colaborar con las universidades y otras instituciones educativas en la sugerencia de la formación académica que demanada la comunidad emprersarial.
Presentando el Carnet de Matriculado del COPIT al día, podrá acceder a importantes beneficios y descuentos.



